¿Por qué solo 1 de cada 10 trabajadores recibe un reparto de utilidades?

12.5% de la población ocupada recibe esta prestación, las excepciones de quién está obligado a darla y quién no puede recibirla, así como el método para calcular el monto son algunos de los obstáculos que enfrentan los trabajadores.
11 Mayo, 2017 Actualizado el 12 de Mayo, a las 08:32
Solo quienes trabajan en el sector privado pueden recibir reparto de utilidades.
Solo quienes trabajan en el sector privado pueden recibir reparto de utilidades.
Arena Pública

Únicamente 12.5% del total de personas ocupadas en México lo recibe.

Se trata del reparto de utilidades, la prestación menos común de las cuatro básicas a las que tienen derecho los trabajadores. En principio porque solo tienen acceso a ella quienes están en el sector privado.

Unos 6.5 millones de mexicanos, de poco más de 52 millones que conforman la población ocupada según los datos más recientes del INEGI, recibirán en estos días el reparto de utilidades.

En México, 40% de la población ocupada recibe aguinaldo, 35.5% tiene acceso a servicios de salud y 35% goza de vacaciones, por lo que el reparto de utilidades es la prestación que más incumplen los patrones, según los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) correspondiente al tercer trimestre de 2016.

 

Quién sí y quién no

Una de las causas de la poca cantidad de beneficiarios que tienen acceso a esta prestación es que, a pesar de ser obligatoria, solo tienen que cumplir las empresas que hayan tenido utilidades el año anterior, el primer obstáculo para que los trabajadores sepan si tienen derecho a la prestación, ya que no es sencillo tener acceso a esa información.

Además, existe un buen número de trabajadores que no tienen derecho a recibirlo, así como empleadores que no tienen la obligación de pagarlo.

 

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Por ejemplo, trabajadores domésticos, eventuales que hayan laborado menos de 60 días, socios o accionistas y personal que recibe su pago por honorarios, no pueden acceder a esta prestación.

De esta forma los casi 27 millones de mexicanos que están en la economía informal (57% del total de la población ocupada) tampoco tienen derecho a este beneficio.

Por otra parte, las empresas de nueva creación, las instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, y las instituciones públicas descentralizadas tampoco están obligadas a cumplir con esta prestación.

Otro obstáculo más para que los trabajadores reciban este beneficio es el llamado outsoursing -subcontratación-. Mediante este esquema una empresa contrata a una agencia o firma externa especializada para el manejo de nómina y contratación, así la obligación laboral queda “en el limbo”.

Entre 2.4 y 4 millones de trabajadores están contratados bajo el esquema de outsourcing, según estimaciones del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

El año pasado, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje acordó que el pago de utilidades correría a cargo de los subcontratistas; pero de no cumplir con la obligación, las empresas que emplean al personal contratado por un tercero serían las responsables. Este año, esta resolución será puesta a prueba.

 

Trámites y cuentas

Saber el monto que recibirán los trabajadores por reparto de utilidades es otra labor complicada, ya que se debe considerar el sueldo, los días trabajados y las utilidades de la empresa.

“El monto a repartir se divide en dos: la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año y la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos”, explica la secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Según la ley, se debe conformar una comisión con representantes de los trabajadores y el patrón, quienes entregarán un proyecto en el que se establezca el monto a repartir y lo que tocaría a cada trabajador. El cálculo se debe colocar en un lugar visible del establecimiento o empresa.

 

Los trabajadores tienen que estar pendientes si su patrón reportó utilidades el año anterior.

 

Cabe destacar que es obligación de los empleadores entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señale el monto que corresponda a la participación de utilidades.

En algunos casos, las empresas falsean datos en el caso de las utilidades para evadir esa responsabilidad”, sostuvo el investigador en economía de la Escuela Bancaria y Comercial, René Cruz Montalvo.

“Es algo ilegal porque a veces las empresas obtuvieron muchas utilidades y acuden a esa práctica para no entregar lo que le corresponde al trabajador. Es un delito que puede ser sancionado”, explicó.

El periodo para la entrega de esta prestación está en marcha, inició a principios de mayo y debe ser cumplida antes del 29 de junio.

 

Precariedad laboral

Además del reparto de utilidades otros derechos, como el de asociación, se han debilitado en el país, apunta el estudio Reforma Laboral, un panorama a tres años de su promulgación presentado en 2016 por el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP) de la Cámara de Diputados.

 

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“La magnitud de las carencias en el terreno de las prestaciones laborales se pueden apreciar: de las nueve diferentes categorías de prestaciones consideradas: aguinaldo, servicio médico, vacaciones, fondo de ahorro, apoyo para vivienda, reparto de utilidades, apoyo para despensa, pago de horas extra y guardería, se advierte que al menos un tercio de la población trabajadora carece de tales prerrogativas”, indica el documento.

 

MÁS INFORMACIÓN: Estadísticas a propósito del Día Mundial de la Justicia Social, INEGI, 20 de febrero de 2017.

MÁS INFORMACIÓN: Cómo se determina el reparto de utilidades en el Régimen de Incorporación Fiscal, SAT, 2017.

MÁS INFORMACIÓN: Reforma Laboral. Un panorama a tres años de su promulgación, CESOP, julio 2016.

 

 

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