¿Qué cambia para México tras el fallo contra los aranceles de emergencia?

México entra a la revisión del TMEC, con un margen ligeramente mayor de certidumbre: No porque desaparezcan las tensiones, sino porque el espacio de acción unilateral de Trump se reduce.
24 Febrero, 2026
Frontera México-EU.
Frontera México-EU.

Después de meses de ruido, amenazas y conjeturas, la Suprema Corte de Estados Unidos finalmente puso un punto final. Lo que dijo no solo frenó una de las apuestas comerciales más agresivas de Donald Trump, sino que reintrodujo algo escaso en la economía global actual: límites claros al poder ejecutivo.

El conflicto giró en torno a la International Emergency Economic Powers Act (IEEPA), aprobada en 1977 para situaciones extremas. Trump la utilizó para algo muy distinto: imponer un arancel universal de 10% a todas las importaciones y castigos adicionales —de entre 15% y 50%— a decenas de países bajo la bandera de la “reciprocidad”. A México y a Canadá, además, les impuso un arancel de 25% a ciertos bienes, argumentando que el tráfico de fentanilo y la lucha contra el narcotráfico constituían una “emergencia nacional”.

La Corte no solo no compró ese argumento: lo desarmó.

El mensaje de fondo fue simple y deliberadamente incómodo para el Ejecutivo: emergencia no es sinónimo de cheque en blanco. Los jueces concluyeron que la IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles de manera unilateral y generalizada. Es una ley pensada para congelar activos, imponer sanciones financieras o actuar en escenarios extremos. No para rediseñar la política comercial del país desde la Casa Blanca.

La distinción es clave. Regular las importaciones no es lo mismo que imponer impuestos. Esto es importante porque el poder de imponer impuestos, en Estados Unidos, no pertenece al presidente. Pertenece al Congreso y los aranceles son impuestos a las compras en el exterior.

Lo que la Corte dejó abierto

El fallo no deja al Ejecutivo estadounidense sin herramientas, pero sí le quita la más cómoda. La Corte fue clara en señalar que el presidente puede seguir recurriendo a otras leyes comerciales. La más relevante es la sección 232 del Trade Expansion Act de 1962, que permite imponer restricciones cuando ciertas importaciones “amenazan con perjudicar la seguridad nacional”.

Bajo ese paraguas ya se han impuesto aranceles al acero, al aluminio y a una lista creciente de productos: madera, muebles, cobre, automóviles y autopartes, entre otros. Es un instrumento poderoso, pero no ilimitado. Es sectorial, exige procesos formales y genera resistencias internas dentro de Estados Unidos, algo que la IEEPA evitaba con notable eficiencia.

México, entre dos frentes

México navega hoy entre dos frentes arancelarios distintos, ninguno particularmente amable. El primero era la IEEPA. Bajo ese marco, fue incluido en un paquete de tarifas amplias, justificadas no por prácticas comerciales desleales, sino por su presunta insuficiencia en el combate al fentanilo. En otras palabras, el comercio usado como herramienta de política antidrogas.

El segundo frente sigue vigente: la sección 232. Aquí hay un matiz importante. Los bienes que cumplen con las reglas del TMEC están exentos de estos aranceles, lo que le da a México una ventaja relativa frente a otros países. No es inmunidad, pero en el contexto actual, ese escudo parcial importa.

El atajo que no pasó la prueba

Trump intentó usar la IEEPA como atajo. Declaró una emergencia, la vinculó a un problema real —el fentanilo— y utilizó ese marco para imponer impuestos a importaciones provenientes de aliados, socios y rivales por igual. En los hechos, sustituyó el debate legislativo por una interpretación expansiva de una ley financiera.

El problema, como subrayó la Corte, es que la IEEPA no menciona aranceles, impuestos ni derechos aduaneros. Habla de regulación, no de recaudación. En el sistema constitucional estadounidense, esa diferencia no es semántica: es estructural.

Cuando el Congreso ha querido delegar poder arancelario al Ejecutivo, lo ha hecho de forma explícita y con límites claros. Aquí no ocurrió. Y la Corte no juzgó si los aranceles eran buenos o malos para la economía. Juzgó si eran legales. No lo eran.

Qué cambia para México, ahora

En el corto plazo, el mensaje es claro: uno de los instrumentos más agresivos de presión comercial contra México acaba de perder piso legal. Eso reduce la volatilidad y limita la capacidad de la Casa Blanca de imponer aranceles generalizados de manera inmediata.

Estados Unidos no se queda sin herramientas. La sección 232 sigue disponible. Existen otras disposiciones comerciales y de seguridad. Pero ninguna ofrece la misma combinación de rapidez, amplitud y discrecionalidad que la IEEPA.

Para México, esto se traduce en algo concreto: menos amenazas creíbles de aranceles universales y mayor probabilidad de que las disputas se canalicen por mecanismos formales, ya sea bilaterales o dentro del TMEC.

El momento importa

El fallo llega justo cuando el TMEC entra en su fase más incómoda. La revisión no es un ejercicio técnico; es un proceso político cargado. Reglas de origen, contenido regional, política industrial, energía y cumplimiento laboral están sobre la mesa. En ese contexto, el uso de aranceles como arma de presión extra comercial se había convertido en una fuente constante de incertidumbre.

Con la IEEPA fuera del tablero, México entra a esta revisión con un margen ligeramente mayor de certidumbre. No porque desaparezcan las tensiones, sino porque el espacio de acción unilateral del Ejecutivo estadounidense se reduce. Paradójicamente, la decisión judicial refuerza el valor del TMEC como ancla institucional. Cuando el atajo de la emergencia se cierra, el tratado vuelve a ser el cauce natural para procesar conflictos.

Más allá del comercio

Este fallo no es, en el fondo, sobre aranceles. Es sobre poder. La Corte recordó que el poder de imponer impuestos pertenece al Congreso, no al presidente. No por desconfianza personal, sino por diseño institucional. Los contrapesos existen para encarecer las decisiones impulsivas y limitar los excesos.

Para México, la decisión no elimina los riesgos; los reordena. Estados Unidos seguirá utilizando el comercio como instrumento de presión y México continuará expuesto a narrativas que mezclan seguridad, política interna y economía. Lo que pierde fuerza es la noción de que cualquier desacuerdo pueda transformarse, de un día para otro, en aranceles generalizados amparados en una “emergencia”.

El fallo no resuelve los problemas, pero sí altera el equilibrio. Al cerrar el atajo legal, encarece la discrecionalidad y devuelve peso a las reglas. En ese terreno, México enfrenta una tarea estratégica clara: persuadir a Estados Unidos de que su competitividad y su ambición de volver a crecer pasan por reducir fricciones con sus socios y preservar el TMEC como plataforma central. La fortaleza económica de Norteamérica no se construye levantando obstáculos entre sus miembros, sino manteniendo abiertas las cadenas que los conectan.

Delia Paredes Mier Delia Paredes Mier Delia Paredes apoya la toma de decisiones a inversionistas internacionales, líderes empresariales y gestores de activos a través del análisis económico desde hace casi 20 años. Es consultora independiente y docente en la Universidad Anáhuac y en el Tec de Monterrey. Miembro del Comité de Estudios Económicos en el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) y del Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales (COMEXI). Delia Paredes es Maestra en Economía por la London School of Economics (LSE).