Estos fueron los argumentos de los magistrados del Trife para darle la candidatura al Bronco

Aunque El Bronco tendrá su registro, la votación en el Trife no fue unánime, aquí los argumentos a favor y en contra de cada magistrado.
10 Abril, 2018 Actualizado el 10 de Abril, a las 20:34
Cuatro votos a favor y tres en contra fue el resultado final de en la votación de los magistrados del Tribunal Electoral en relación con el registro del Bronco.
Cuatro votos a favor y tres en contra fue el resultado final de en la votación de los magistrados del Tribunal Electoral.
Arena Pública

La madrugada del 10 de abril el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitió la resolución que otorga a Jaime Rodríguez ‘El Bronco’ el registro como candidato independiente a la presidencia de México.

La decisión no fue unánime. Cuatro votos a favor y tres en contra fue el resultado final de en la votación de los magistrados del Tribunal Electoral. Los elementos discutidos fueron principalmente si el INE había violado o no el derecho del aspirante a revisar sus apoyos descartados y, de ser así, como se podía resarcir el daño.

Arena Pública comparte los argumentos más destacados de cada uno de los siete magistrados involucrados en la resolución de la candidatura de ‘El Bronco’.

 

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Magistrado Fuentes que presentó el proyecto a favor del Bronco en el Trife

 

Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera –Expositor del proyecto a votar en favor de Jaime Rodríguez-

El argumento central del magistrado Fuentes fue que tras la revisión un porcentaje de los votos desechados en primera instancia por el INE los representantes de El Bronco tuvieron una tasa de recuperación del 8.4%, de haberlos dejado revisar todos los votos desechados probablemente habrían sumado el 1.2% restante para llegar a estar en la boleta.

Al no haber permitido el INE la revisión total faltó al derecho de garantía de audiencia del aspirante y como las campañas ya empezaron se le debería entregar el registro sin mayor diligencia.

“La petición del actor de revisar la totalidad de las inconsistencias detectadas por la autoridad responsable se encontraban justificadas y respaldadas por el legítimo derecho de audiencia que asiste al actor en su calidad de aspirante a la presidencia de la República.”

“A partir de las revisiones realizadas en la etapa preliminar y en las diligencias finales los representantes del aspirante y los funcionarios de la autoridad responsable sí le validaron 62 mil 560 apoyos ciudadanos

“La cantidad de apoyos de los que no se respetó el derecho de audiencia asciende a 418 mil 346, en tanto que al aspirante le faltan 16 mil 656 votos para cumplir con el requisito del umbral. Por otra parte fueron sometidos a revisión 780 mil 398 apoyos con la comparecencia de la presencia de representantes del aspirantes y de los cuales aquí se tuvo una tasa de recuperación de 8.4%.”

Ya que “no se pueden subsanar las deficiencias del proceso en cual en ningún momento se realizó una revisión con la presencia de representantes del actor [apoyos rechazados por el INE en primera instancia] propongo a esta sala superior que adoptemos un criterio garantista por el cual se maximice el derecho a ser votado. “

 

 

Magistrado Rodríquez que votó en contra del registro del Bronco

 

Magistrado Reyes Rodríguez –En contra-

La tesis central del magistrado Rodríguez giró en relación con las contradicciones del proyecto presentado por el magistrado Fuentes, así como los detalles que omitió en sus argumentos.  

“Todos los aspirantes estuvieron en posición de ejercer su garantía de audiencia en relación con la totalidad de las manifestaciones de apoyo que fueron desestimadas por la autoridad electoral”.

Nunca se generó la supuesta confianza legítima a la que se refiere el proyecto, en el proyecto, pues al actor se le informó siempre que los resultados eran preliminares como se reconoció el 26 de febrero cuando se indicó cuántos eran los votos en la lista nominal”.

"Si bien 8.4% de los votos desechados por el INE se validaron también hay que tomar en cuenta que 91.6% no se pudieron recuperar".

“La existencia de una falacia de generalización apresurada en el argumento” en que se presume que el porcentaje faltante se encontrará en los apoyos no revisados.

 

 

Presidenta del Trife que votó en contra del registro del Bronco

 

Magistrada Janine Otálora Malassis, presidenta del Tribunal Electoral –En contra-

La magistrada Otálora recordó al tribunal las diferentes controversias que resolvieron en 2017 en contra de los candidatos que alegaban incumplimiento de su garantía de audiencia debido a que la habían ejercido de manera defectuosa o no la habían ejercido cuando debieron, entre ellos los aspirantes a la gubernatura del Estado de México.

También recordó que fueron ellos quienes aprobaron los procedimientos de revisión del INE y el uso de la controvertida aplicación, por lo que debían ser congruentes con sus decisiones, principalmente citó las respuestas negativas de Jaime Rodriguez y sus representantes a las invitaciones del INE para acudir a revisar las firmas rechazadas.

“En diversas de estas audiencias el actor fue solicitando y reiterando que no quería que se sometieran nuevamente a revisión lo que eran las fotocopias, hasta ahorita yo no advierto violación a su garantía de audiencia ni expresión alguna del representante del actor en el sentido de que no está pudiendo defenderse correctamente, ya que incluso en varias actas hace un reconocimiento al trabajo llevado a cabo por el INE.”

“Imágenes que no corresponden a una credencial para votar, firma que no coincide con la de la credencial para votar, fotocopia, otra credencial o cédula sin copia, es decir al actor se le fue detallando en que consistían las inconsistencias”.

“Cuando pide la revisión de todos sus apoyos el INE le contesta que no puede darle esa opción, pero no porque no tenga las posibilidades técnicas el INE, sino que el otorgar su petición podría resultar en una condición de inequidad frente a los demás aspirantes. Es decir que ya se le había dado la garantía y pide que se la vuelvan a dar”.

 

 

Magistrado Vargas que votó a favor del registro del Bronco

 

Magistrado José Luis Vargas Valdéz –A favor-

Por su parte el magistrado Vargas puntualizó que el INE dejó en la indefensión a los aspirantes al no otorgarles una medida de revisión que identificara cada caso con cada credencial entregada.

“Cuál había sido la forma en la que ellos podían sustentar el dicho de que si sus apoyos podían o no ser válidos frente a la resolución y el dictamen del INE que determinó un porcentaje, en este caso algo, de medidas incumplidas. Y la respuesta que se me daba es que no tenían forma de sustentarlo y la misma autoridad administrativa así lo consiente.”

“En ambos supuestos a los actores se les privó de un aspecto fundamental para su debida defensa y para la presunción de inocencia que es su capacidad de probar los apoyos y no puede ser una omisión menor.”

“En el presente caso existe una duda razonable sobre si el alto porcentaje reconocido por la autoridad en torno a los errores que se cometieron en la verificación y que dicho candidato en el universo que se le permitió revisar logró acreditar y le restaron por 16 mil 656”

“En aquellos casos donde se desestimó el apoyo ciudadano hubo omisión por parte de la autoridad en torno a lo que tiene que ver con la motivación y fundamentación que jurídicamente soportara la invalidez de los respaldos ciudadanos. Creo que en un estado de derecho la institución administrativa tiene que motivar y fundar cualquier cuestión que sea en detrimento de la esfera y eso tendría que haberse hecho caso por caso”.

 

 

Magistrado de la Mata que votó en contra para el registro del Bronco

 

Magistrado Felipe de la Mata Pizaña –En contra –

En concordancia con las resoluciones en casos similares que había resuelto el pleno, el magistrado de la Mata argumentó que el aspirante tuvo la oportunidad de revisar sus apoyos y no lo hizo, por lo que no se le debería volver a dar el derecho de hacerlo.

“El actor en este juicio nunca se presentó a su garantía de audiencia y dejó de manifestar algún interés por revisar los apoyos ciudadanos durante el proceso.”

“Considero que el principio pro persona y el derecho a la reparación no puede tener el alcance de otorgar el registro a un candidato le hacen falta presuntivamente 623 mil apoyos ciudadanos.”

“En la etapa preliminar se le notificó que podía revisar pero no se presentó en los 127 días que duró la audiencia”.

“El punto fundamental es si tiene o no los estándares para acceder a la candidatura independiente en los plazos que están marcados legalmente”.

 

 

Magistrada Soto del Trife que votó a favor del registro del Bronco

 

Magistrada Mónica Soto Fregoso – A favor –

Retomando la legislación en materia de derechos humanos y la reforma del 2014 que creó la figura del candidato independiente la magistrada Soto defendió otorgar el registro a Jaime Rodríguez debido a inconsistencias del INE en el proceso de verificación, lo que a su parecer mermaron su derecho a postularse a un cargo de elección popular.

“La limitada concesión a su derecho de audiencia le impidió de manera injustificada el ejercicio de otra prerrogativa constitucional que es la de postularse para un cargo de elección popular por la vía independiente”.

“El actor ejerció su derecho de audiencia y defensa respecto de varios de los apoyos, también lo que derivado de la forma que se llevaron a cabo las comparecencias, no puede sostenerse que se cumplieron cabalmente las formalidades de dichas diligencias”.

“El propio instituto no proporcionó la documentación necesaria para que el aspirante pudiera ejercer cabalmente su derecho de audiencia, así la manera en se otorgó fue insuficiente”.

 

 

Magistrado Infante del Trife que votó a favor del registro del Bronco

Magistrado Indalfer Infante González –A favor –

El magistrado González argumentó la constante aclaración del INE de los diferentes términos de sus lineamientos así como la equivocación sistemática de la revisión de las firmas que hizo que a varios aspirantes se le tuvieran que subsanar miles de firmas que ellos habían considerado como inválidas.

“Me parece que no debe ser una premisa el que nosotros hayamos validado los documentos [proceso de validacion de la app del INE] para de ahí poder deducir que la autoridad actuó correctamente”.

“¿A qué se refiere con 'preliminar' los lineamientos? En mi concepto cuando el artículo 41 habla de un listado preliminar se está refiriendo al resultado no se está refiriendo a la revisión, es decir la autoridad responsable tenía la obligación de revisar tanto cuantitativa como cualitativamente los apoyos desde el momento que le estaban llegando.”

“Lo que ocurrió con los demás aspirantes. Respecto a Pedro Ferriz de Con, él hizo uso dos veces de la garantía de audiencia revisaron 42 mil  que le habían clasificado como inválidos y le subsanaron 4 mil 71 es decir un 9.2%; a María de Jesús Patricio Ramírez, ella hizo uso seis veces de la garantía de audiencia, le rechazaron 11 mil 425 apoyos y le subsanaron 8 mil 7, es decir el 70%, […] Si con esto no nos decantamos a privilegiar a las candidaturas independientes pues no sé  qué podemos hacer.

“Si está demostrado que sistemáticamente la revisión que se hizo de los apoyos no fue exacta, pues entonces hay inconsistencias verdaderamente graves en todo el procedimiento de revisión de los apoyos que me parece deberíamos inclinarnos por una decisión garantista.”

 

MÁS INFORMACIÓN: Sesión pública del juicio sobre el registro de Jaime Heliodoro Rodríguez, 10 de abril de 2018. 

 

 

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