Secreto fiscal y discrecionalidad del SAT para condonar impuestos divide opinión de expertos

Lo que me parece grave no es la existencia de la facultad de condonación de créditos fiscales, sino la discrecionalidad que ha ejercido el SAT para favorecer a empresas importantes con perdones fiscales, dice Eduardo Revilla, abogado fiscalista y profesor del ITAM
3 Octubre, 2016 Actualizado el 12 de Octubre, a las 01:34
“El problema es que no existen criterios generales que acoten cuándo se puedan realizar los programas de condonación..."  Iván Benhumea, abogado en Fundar
“El problema es que no existen criterios generales que acoten cuándo se puedan realizar los programas de condonación..." Iván Benhumea, abogado en Fundar
Arena Pública

Se abrió la caja de pandora en materia fiscal.

La revelación de una lista de contribuyentes a los que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) condonó deudas millonarias causó controversia.

La lista forma parte de una investigación realizada por la organización no gubernamental Fundar, titulada “Privilegios Fiscales, beneficios inexplicables para unos cuantos.”

Hay quienes se oponen al secreto fiscal, es decir, a que el fisco reserve los detalles de las condonaciones fiscales, por ejemplo, montos o nombres de quienes recibieron el beneficio, argumentando, principalmente, que la reserva de información puede dar cabida a la discrecionalidad.

Otras opiniones defienden el secreto fiscal bajo el argumento de la seguridad personal y de las empresas, alegando que la máxima publicidad de la condonación de impuestos podría dar pie a competencia desleal, por ejemplo.

En lo que casi la mayoría coincide es en que el secreto fiscal -establecido en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación- no es claro respecto a en que casos se puede aplicar el beneficio y en cuáles no.

Condonar impuestos ¿una facultad discrecional?

“El SAT puede condonar las multas por infracción a las disposiciones fiscales, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual apreciará discrecionalmente las circunstancias del caso, y en su caso, los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción,” cita un documento del fisco titulado Asesoría Especializada en Adeudos Fiscales.

En otras palabras, el documento aclara abiertamente que cuando un contribuyente solicite que se le condone una multa -conforme al artículo 74 del Código Fiscal- el SAT evaluará de manera discrecional la situación jurídica de los créditos fiscales y la situación económica de los contribuyentes.

“Lo que me parece grave no es la existencia de la facultad de condonación de créditos fiscales, sino la discrecionalidad que en los hechos ha ejercido el SAT para favorecer a empresas importantes con perdones fiscales […] pero no por eso, se debe violar el secreto fiscal”, opina el abogado y profesor de derecho fiscal del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), Eduardo Revilla.

Revilla no está de acuerdo con que se viole el secreto fiscal, en su opinión, es un tema de seguridad y además afectaría en gran medida a las empresas por asuntos de competencia desleal.

“Si hay una condonación de un crédito el SAT debería avisar al organismo de contraloría que fue lo que hizo, pero manteniendo el secreto fiscal,” agrega.

“A mí no me parece que tenga que publicarse todo […] están completamente equivocados, no es información pública, es información privada de los contribuyentes”, señala el abogado fiscalista y presidente honorario de la International Fiscal Association, Manuel Tron, quien coincide con Eduardo Revilla en que la transparencia no debe amenazar la privacidad de los contribuyentes.

Del lado opuesto, organizaciones como Fundar y México Evalúa argumentan que el SAT debe hacer públicos los nombres y montos, así como los motivos por los cuales se realizó una condonación de impuestos para evitar que el beneficio se asigne discrecionalmente y para generar credibilidad.

“El argumento del SAT para no publicar esta información es un tecnicismo, lo que dicen es que la multa no existía hasta ese momento y que es un crédito fiscal que no es parte de las obligaciones de transparencia que están en la Ley general […] Es importante que se diga expresamente en las leyes que esa información va a ser transparente”, dice el abogado de Fundar, Iván Benjumea.

“¡Hay que tener mucho cuidado! Una cosa es si Hacienda hace bien o no las cosas y otra muy distinta ¡ah!, como hay abusos, ahora vamos a conocer lo de todo el mundo. Porque entonces se vienen una serie de cosas que nada tienen que ver con el acceso a la información pública”, se opone el especialista en derecho fiscal, Eduardo Revilla.

Programa masivo de condonaciones

En 2013 el Congreso impulsó un programa masivo de condonaciones que se denominó “Ponte al Corriente.” Para que el programa fuera posible los legisladores añadieron un artículo tercero transitorio a la Ley de Ingresos de la Federación, el cual no estaba contemplado en la propuesta original elaborada por la secretaría de Hacienda.

“¡La ley dice se condona y punto! ¿cuál discrecionalidad?, no es que el SAT esté facultado para que de manera discrecional esté condonando, como equivocadamente se está malinterpretando el asunto […] El cuestionamiento que se hace es muy serio,” aseguró el presidente de la International Fiscal Association, respecto al Ponte al Corriente.

“El problema es que no existen criterios generales que acoten cuando se pueden ejecutar los programas de condonación […] deberían implementarse estos programas con una justificación más allá de dos o tres párrafos en un decreto, con un análisis serio en términos de política pública y además que esos programas no beneficien de manera continua a los contribuyentes”, opina el abogado de Fundar, Iván Benumea Gómez.

Ponte al Corriente tenía por objetivo condonar, principalmente, multas por incumplimiento de obligaciones fiscales del ejercicio 2013 y anteriores. El programa recaudó 40,335 millones de pesos brutos y condonó 166,479 millones de pesos.

“El SAT no escogía a quién sí y a quién no, eran los contribuyentes los que podían elegir si tenían créditos antiguos o que estaban peleando en tribunales, desistirse de su pleito, de ahí recoger y apenas pagar una pequeña diferencia, pero eso no lo decidió el SAT, lo decidió el contribuyente, y algo que parece que se nos olvida es que la ley es de aplicación general […] no distingue a chicos, grandes ni distingue si tengo contratos con el gobierno, ni si estoy en telecomunicaciones o farmacéutica o en construcción”, agregó Manuel Tron.

En ese año el SAT fue ampliamente criticado porque entre los condonados figuraron empresas como Televisa con 3,334 millones de pesos. Del total de empresas beneficiadas 41,399, tan sólo 36 acapararon la mitad del monto de condonaciones autorizado por más de 80,000 millones de pesos, señala la investigación de Fundar.

Acuerdo conclusivo

“Los casos recientes que ha habido de condonación, al menos los que yo conozco que están documentados y de los que yo puedo opinar, todos tienen que ver con procedimientos de acuerdo conclusivo ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Cuando es la primera vez que se llevan y se logra el acuerdo con la autoridad, en el proceso las multas se condonan, por disposición también de Ley, específicamente de ese tipo de acuerdos”, explica Manuel Tron.

Los Acuerdos Conclusivos se crearon para evitar que los contribuyentes sean sujetos a un largo proceso de auditoría, y en su lugar lleguen a un acuerdo con el SAT donde la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) participe como conciliador.

Para el fisco esto implica la captación de recursos a corto plazo a cambio de que los contribuyentes regularicen -de manera anticipada- su situación fiscal. Cuando los contribuyentes llegan a un acuerdo con el SAT pueden recibir hasta el 100% del perdón de las multas que haya determinado la autoridad.

Esta modalidad de condonación fiscal permite “explícitamente que los contribuyentes sean perdonados en repetidas ocasiones sin la mayor consideración hacia su situación económica o antecedentes fiscales,” señala Fundar. Los nombres de las personas beneficiadas con esta figura son información reservada tanto por el SAT como por la PRODECON, ya que están protegidas por el secreto fiscal.

El SAT condonó más de 2,400 millones de pesos en multas -mediante acuerdo conclusivo- entre 2014 y 2015, a 481 contribuyentes, de acuerdo con la investigación de Fundar.

 

A FONDO: Privilegios Fiscales: beneficios inexplicables para unos cuantos. Fundar, septiembre de 2016.

A FONDO: Programa de regularización de adeudos “Ponte al Corriente”. Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), 2013.

A FONDO: Asesoría especializada en adeudos fiscales, documento del Servicio de Administración Tributaria (SAT). 

MÁS INFORMACIÓN: SAT pierde miles de millones por delincuencia fiscal, pero dobla las manos, Arena Pública, 29 de septiembre de 2016.

MÁS INFORMACIÓN: Suprema Corte privilegia intereses del gobierno por encima de los trabajadores, Arena Pública, 26 de septiembre de 2016.

MÁS INFORMACIÓN: Discrecionalmente el fisco deja de cobrarle a los más ricos, Arena Pública, 20 de septiembre de 2016.

Archivado en