Reglamento contraviene reforma constitucional en telecomunicaciones: PRD

Para los legisladores del PRD, la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo para reglamentar la Ley Federal de Telecomunicaciones no sólo contraviene preceptos constitucionales recientemente aprobados sino también los intereses de los consumidores además de violentar preceptos básicos de política pública y regulatoria.
22 Abril, 2014 Actualizado el 22 de Abril, a las 17:10
Legisladores como Silvano Aureoles y Purificación Carpinteyro han asegurado que con el actual proyecto los más afectados serán los consumidores.
Legisladores como Silvano Aureoles y Purificación Carpinteyro han asegurado que con el actual proyecto los más afectados serán los consumidores.
Arena Pública

Desde el pasado 10 de abril, legisladores del PRD presentaron a la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores su análisis de la iniciativa para reglamentar la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En el documento de más de 55 páginas, el PRD desglosa cada uno de los puntos que, a su juicio, resultan contrarios al interés público. El diputado Silvano Aureoles, el diputado Miguel Alonso Raya y la diputada Purificación Carpinteyro Calderón firman el documento que contiene las observaciones y sugerencias del PRD para reglamentar las disposiciones constitucionales.

Para empezar, el PRD estima que la iniciativa del Ejecutivo modifica, en perjuicio del consumidor, la definición de preponderancia limitando artificialmente las declaratorias a un agente económico por sector, sin importar si los servicios o los mercados se ofrecen u operan en condiciones de preponderancia.

Además, amplía los supuestos en los que se suspenderán las resoluciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), hasta su resolución por parte de las autoridades jurisdiccionales. Así, las multas previstas para ser aplicadas por el IFT no podrán hacerse efectivas en tanto no se resuelvan los juicios de amparo que promuevan los operadores.

Así, en perjuicio del IFT se limita, impone e invade facultades del regulador violentando su autonomía frente a la propia Ley y frente a distintas dependencias del Ejecutivo Federal.  En el articulado, se prevé, de esta forma, la participación de la Secretaría de Gobernación en la reglamentación de contenidos pero sobre todo en la vigilancia.

El proyecto del Ejecutivo también fomenta, a juicio del PRD, la concentración en radiodifusión al limitar artificialmente los parámetros para declarar a un Agente Económico Preponderante.

Mientras que la Constitución, de acuerdo con el artículo 8 Transitorio, establece que para determinar a un actor preponderante en razón de su participación nacional en la prestación de los servicios de radiodifusión o telecomunicaciones, será necesario establecer directa o indirectamente si cuenta con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento. Este porcentaje se alcanzará por el número de usuarios, suscriptores, audiencia pero observando el tráfico en sus redes o por la capacidad utilizada de las mismas.

Ahora, el artículo 261, propuesto por el Ejecutivo, sólo señalar que, de acuerdo con los datos que disponga el Instituto, se considera agente económico preponderante en el sector de radiodifusión a cualquier empresa o grupo de interés económico que cuenta directa o indirectamente con una participación nacional mayor al cincuenta por ciento, medido solamente en porcentaje por audiencia.

 

A FONDO: Conoce la propuesta alterna al dictamen en materia de telecomunicaciones presentada por el PRD.

MÁS INFORMACIÓN: Televisa podría evadir preponderancia en TV de paga, nota de Arena Pública, 22 de abril, 2014.