SHCP ofrece subsidio para cuotas obrero patronales del IMSS e Infonavit

El estímulo que tiene por objetivo promover la incorporación de los trabajadores informales al régimen formal, entrará en vigor el 1 de julio del 2014.
9 Abril, 2014 Actualizado el 9 de Abril, a las 14:05
Podrán solicitar este subsidio los trabajadores que ya están inscritos en el régimen de incorporación fiscal.
Podrán solicitar este subsidio los trabajadores que ya están inscritos en el régimen de incorporación fiscal.
Arena Pública

Patrones y trabajadores recibirán por diez años un subsidio en el pago de las cuotas obrero patronales cuyo destina sean los servicios de salud del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit), de acuerdo con un decreto publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación.

Los dos primeros años, el subsidio compensará el pago del 50% de las cuotas, luego disminuirá paulatinamente hasta desaparecer; el tercer y cuarto año será de 40%; el quinto y sexto de 30%; el séptimo y octavo de 20%, y el noveno y décimo de 10%.

Podrán solicitar este subsidio los trabajadores que ya están inscritos en el régimen de incorporación fiscal. También las personas físicas y patrones que trabajan en industrias familiares e independientes, como profesionales, pequeños comerciantes, artesanos, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, y los patrones que, como personas físicas, tengan trabajadores asegurados a su servicio.

Como requisito se les solicitará que no hayan cotizado al IMSS o aportado al Fondo de la Vivienda un año antes de que presenten su solicitud de subsidio. A este último bloque se le requerirá también que tribute en el régimen de incorporación fiscal.

Por su parte, a los patrones que sean personas físicas y en el año pasado hayan tributado como comerciantes, y a los trabajadores de patrones ya registrados ante el IMSS o el Infonavit, se les solicitará además que hayan presentado -a más tardar el 15 de febrero pasado- su declaración informativa correspondiente al ejercicio 2013.

 

A FONDO: Lea aquí el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación.