Más cambios a la Ley de Competencia en beneficio de agentes económicos

La ley se aprobó con la presencia del 80% de los diputados, con 301 votos a favor, dos abstenciones y 99 en contra.
26 Marzo, 2014 Actualizado el 26 de Marzo, a las 13:08
Se presentaron reservas a 48 artículos de la Ley Telecomunicaciones y Radiodifusión, pero todas se desecharon en la “discusión”.
Se presentaron reservas a 48 artículos de la Ley Telecomunicaciones y Radiodifusión, pero todas se desecharon en la “discusión”.
Arena Pública

Ayer el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la legislación secundaria que reglamentará las reformas constitucionales en materia de competencia económica, agregando y quitando líneas que redituarán en beneficio para los agentes económicos.

Se presentaron reservas a 48 artículos de la Ley Federal de Competencia Económica, pero todas se desecharon en una “discusión” del pleno que duro alrededor de tres horas.

El presidente de la República remitió la Ley a la Cámara de Diputados el 19 de febrero del 2014, donde fue turnada a la Comisión de Economía, quien con 90 cambios aprobó el dictamen el 20 de marzo. El día de ayer el pleno autorizó otras modificaciones al dictamen presentado por la Comisión de Economía, que se envió ahora al Senado, entre los cuales destacan los siguientes:

  • Quitan a la autoridad investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) la facultad de precintar y asegurar todas las oficinas locales del agente económico durante las visitas de verificación, de tal forma que durante dichas visitas sólo podrá asegurar libros, documentos y otros medios del agente.
  • Añaden un párrafo donde especifican que la información que la autoridad investigadora obtenga mediante entrevistas con personal relacionado con el agente económico durante las visitas de verificación “sólo podrá ser utilizada para los efectos de esta ley”.
  • Agrega un párrafo al procedimiento de notificación en los términos siguientes: “En las concentraciones en que la Comisión considere que existen posibles riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia, ésta lo comunicará a los notificantes, al menos con diez días de anticipación a la fecha en que se liste el asunto a efecto de que estos pudieran presentar condiciones que permitan corregir los riesgos señalados”.
  • Quitan a la ciudadanía la posibilidad de opinar respecto de las propuestas que los agentes notificados, como ejecutantes de algún tipo de concentración, emitan a la Cofece para resarcir o reivindicar el proceso de competencia y libre concurrencia que disminuyeron o dañaron; para tal efecto eliminaron completo el siguiente párrafo: “La Comisión publicará las propuestas en su página de internet, a efecto de que cualquier persona pueda expresar, dentro de los quince días siguientes a la publicación correspondiente, su opinión respecto de las condiciones propuestas…”.
  • Agregan palabras que especifican que la Cofece deberá notificar a los agentes económicos cuando pretenda tomar medidas correctivas que partan de la conclusión de que existen barreras o deben regularse el acceso al insumo esencial.
  • Agregan líneas para permitir a los agentes económicos que hayan incurrido en prácticas monopólicas absolutas, acogerse al beneficio de la reducción de la sanción establecida cuando sean los primeros –de entre todos los involucrados- en aportar elementos que a juicio de la Cofece permitan “presumir la existencia de la práctica monopólica absoluta”.
  • En la iniciativa original, la Cofece tenía la facultad para decidir cuando otras medidas correctivas no eran suficientes para garantizar la competencia y la libre concurrencia y entonces tendría que procederse con la desincorporación de activos, derechos, partes sociales o acciones de un agente económico, sin embargo, la propuesta aprobada por el pleno elimina la posibilidad de que la Comisión emita este criterio.
  • Se agregan dos criterios para considerar reincidente a un agente económico, el primero “al inicio del segundo o ulterior procedimiento exista resolución previa que haya causado estado y” segundo “que entre el inicio del procedimiento y la resolución que haya causado estado no hayan transcurrido más de diez años”.
  • Se añaden las características de los monopolios, barreras y concentraciones ilícitas prohibidas: cuando “disminuyan, dañen, impidan o condicionen de cualquier forma la libre concurrencia o la competencia económica…".
  • Se añade como consideración para determinar la existencia de un insumo esencial, cuando los agentes económicos “hayan sido determinados como preponderantes por el IFT”, además de la consideración ya existente, “si el insumo es controlado por uno, o varios agentes económicos con poder sustancial”.
  • Los diputados se comprometieron a integrar un grupo de trabajo técnico con un plazo no mayor a 30 días después de aprobado el decreto, esto es, con plazo al 24 de abril del 2014, para formular propuestas de ajuste a la legislación penal vigente en materia de competencia, propuesta que presentarán a más tardar en los 60 días siguientes a su instalación.

 

A FONDO: Lea aquí el dictámen con las modificaciones de última hora en ley secundaria de competencia económica.