Nos estrenamos con Nochixtlán

28 Junio, 2016

En la noche del sábado 18 de junio del 2016 se dio entrada al Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio en todo el país. Horas más tarde, ya en domingo, sucedió el enfrentamiento entre manifestantes oaxaqueños y fuerzas públicas estatales y federales. En esos hechos se cometieron diversos delitos. Ataques a las vías de comunicación, daño en las cosas, lesiones y homicidios por mencionar algunos. (Hubo más de cien lesionados y miles de participantes).

De entrada, el Nuevo Sistema cambió el paradigma del procedimiento penal. Ahora se busca, ante todo, resolver el “conflicto” entre víctima y delincuente. Es decir, la justicia penal se puede negociar entre ellos, buscando distintas formas de solución que resuelvan el conflicto. Más allá de conocer la verdad, se privilegia el reparar a la víctima del daño sufrido. Por la experiencia en otros países, sabemos que el 95% de los asuntos penales deberán terminarse por esta vía. Es importante destacar lo anterior, toda vez que en la mente de la gente, se cree que todos los asuntos llegarán ante un juez de juicio oral. Que al fin un juez los verá y escuchará. Falso.

De no solucionarse la controversia, el restante 5% de los asuntos llegarán a juicio oral. Ahora bien, los nuevos principios que rigen el juicio oral, exigen que la audiencia deba llevarse en presencia del un juez (inmediación). Que deban desahogarse todas las pruebas en una sola audiencia (concentración). Que la audiencia no se puede interrumpir (continuidad). Que las partes gozan de igualdad para probar y debatir, sólo en la audiencia ante su juez (contradicción). Y que los juicios sean públicos (publicidad).

Así pues, y dado que ya no existirá la famosa averiguación previa, que preconstituía de manera inquisitiva pruebas, las autoridades ministeriales deberán iniciar, en el asunto de Nochixtlán, una carpeta de investigación que acumule la evidencia que se llevará a juicio. Y es sólo una carpeta dado que no podemos fragmentar el evento en distintos hechos aislados, pues no lo fueron.

Posteriormente, deberán judicializar su investigación ante un juez de control y harán la imputación a todos aquellos que cometieron un delito.

De llegar a precisarse entre esos cientos de personas quienes son imputados y quienes son víctimas, se les solicitará buscar un mecanismo alternativo de solución. Es decir, que se sienten a discutir, entre ellos, acuerdos reparatorios, suspensiones condicionales del proceso o juicios abreviados que resuelvan el conflicto. Obviamente sería más fácil pasar un camello por el ojo de una aguja.

Pero si fuera poco, de no obtenerse acuerdos mediante mecanismos alternativos de solución, se irá el asunto a juicio oral. ¿Se imaginan de entrada la sala de audiencias? Tendrían que habilitar el auditorio nacional para que entren todos, incluyendo los medios de comunicación nacionales y extranjeros (aunque éstos podrían restringirse a un cierto número). Pero ya en la audiencia, ¿qué duración tendría la misma respetando los principios de concentración y continuidad? Son cientos de testigos y peritos los que tendrían que declarar. Serían semanas aún con sus recesos. Imaginen a los defensores ofreciendo pruebas, interrogando y contrainterrogando, en respeto a los principios de inmediación, defensa e igualdad entre las partes.

Al final, el juez o jueces de juicio oral, tendrían que dictar su sentencia de manera oral en presencia de todos los sentenciados.

Me pregunto, ¿cómo le van hacer para darle la vuelta y no aplicar nuestro flamante nuevo sistema de justicia penal acusatorio? Justamente con el primer asunto a nivel nacional ocurrido en las primeras horas de la entrada en vigor.

Benjamín Orozco Manjarrez Benjamín Orozco Manjarrez Abogado especialista en Delitos Fiscales y Financieros. Fue Titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la Procuraduría General de la República, anteriormente como responsable del área penal del SAT. Abogado postulante (socio fundador) de DDE, defensa de delitos económicos.