Créditos de Banorte-IXE se anuncian con publicidad engañosa: Condusef
La publicidad a través de la cual se promocionan los créditos que ofrece Banorte-IXE no son lo suficientemente transparentes respecto a sus condiciones de operación, reveló la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
En septiembre, la entidad reguladora hizo pública una sanción -por este motivo- a los créditos otorgados por esta Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (Sofom) por 124 mil 660 pesos.
A razón de incumplimientos a la fracción IV del artículo 42 de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros por “difundir publicidad que no cumple con los requisitos de dicha normatividad”.
El mencionado artículo establece que la publicidad deberá ser veraz y precisa, no contener elementos de competencia desleal, ser transparente en las características del producto ofertado, en los requisitos para obtenerlo, señalar los puntos de contacto para obtener información adicional y los mecanismos para que las entidades den a conocer las comisiones que cobran, entre otros.
De tal forma que Banorte-IXE incumplió con una o varias de estas obligaciones.
La sanción fue emitida el 26 de marzo y ya fue pagada por la entidad financiera. Sin embargo, es menor a la establecida en la Ley, pues el artículo 42 específica que las sanciones -para cualquiera de las fracciones que la integran- deben oscilar entre los dos mil y los cinco mil días de salario mínimo.
Esto es un mínimo de 127 mil 540 pesos si se toma en cuenta el salario de la zona B que asciende a 63.77 pesos y de 134 mil 580 pesos si se toma como base el de la zona A por 67.29 pesos.
Aunado a lo anterior, la Condusef sancionó a Banorte-IXE por dos incumplimientos más al mismo artículo de la Ley, ambos por la cantidad de 124 mil 660 pesos.
El primero a la fracción III del artículo 42 relativa a la emisión de contratos de adhesión con sus clientes. Dicha normatividad precisa que los contratos deben ser de fácil lectura y comprensión de contenido, y que el banco no debe dar a sus clientes contratos que antes no haya sido remitidos a la Condusef.
Entre otra información la Ley obliga a que los contratos especifiquen: información que permita comparar el mismo servicio con el prestado por la competencia; advertir las tasas y comisiones que se traduzcan en penalidades y supuestos en los que serían aplicables; campos que permitan distinguir términos: comisiones, tasas de interés, CAT; formas de notificación para aceptar modificaciones en los contratos; procedimiento para cancelar el contrato y advertencia para el aval en caso de incumplimiento del obligado principal.
La tercera sanción fue por incumplimientos a la fracción V del artículo 42 de la Ley respecto a los estados de cuenta. La Ley obliga a que sean claros y simples al informar las bases para la incorporación de comisiones y otros cobros; incluir datos respecto a cobro de comisiones, intereses, saldos, límites de crédito y advertencia sobre riesgos de operación, CAT; datos de localización y contacto para emitir una queja; leyendas de advertencia para el caso de endeudamiento excesivo e impacto de inclumplimiento en el historial crediticios, entre otros.
Para el incumplimientos en los tres casos: publicidad, estados de cuenta y contratos de adhesión, la Condusef no especifica cual de todos los puntos fueron violentados, o si fueron varios de ellos.
En términos generales las fracciones no atendidas por los bancos coinciden en que la institución no es clara y/o omite información relevante a sus clientes respecto a sus productos crediticios.
Cuando una institución incumpla la Ley, como es el caso de Banorte-IXE, tanto la Condusef como la Profeco pueden ordenar -además del pago de una multa- la modificación de los estados de cuenta o bien, que se retire o cambie la publicidad engañosa, pero en el informe de la entidad reguladora no se especifica si como parte de la sanción se emitió también esta orden.
Al momento de publicar la información no se tuvo respuesta de la institución bancaria.
En total, Banorte-IXE ha pagado un total de 373 mil 980 pesos por ser poco transparente en las condiciones de operación de los productos que oferta la Sofom.
A FONDO: Consulta las sanciones cometidas por instituciones bancarias a la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros que publica la Condusef.