Bancos obligados a dar pruebas de liquidez ante escenarios de crisis, ordena SHCP

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ordenó a las instituciones crediticias implementar exámenes de riesgo frente a situaciones como una posible crisis financiera.
19 Mayo, 2014 Actualizado el 19 de Mayo, a las 18:32
En 30 días las instituciones de crédito deberán presentarle a la CNBV un programa para proteger su dinero de la volatilidad en los mercados.
En 30 días las instituciones de crédito deberán presentarle a la CNBV un programa para proteger su dinero de la volatilidad en los mercados.
Arena Pública

A partir de mañana entrarán en vigor las modificaciones a la Ley de Instituciones de Crédito, que obliga a los bancos a documentar tanto riesgos como factores de vulnerabilidad a su liquidez, así como a implementar un plan de acciones con el cual afrontar situaciones semejantes a la crisis del 2008, informó la Secretaría de Hacienda en el Diario Oficial de la Federación.

Una de las modificaciones es la del Anexo 12-B de la normatividad, referente a la aplicación de pruebas de estrés para determinar factores de peligro; entre sus requisitos, deberán contemplar reducciones significativas en el precio de mercado y en la liquidez de los activos debido a contingencias exógenas o movimientos adversos en los precios de las divisa que operen.

Dichas evaluaciones se realizarán pensando en escenarios sistémicos y combinados, con proyecciones a plazos distintos, de un día, una semana, ó uno, tres, seis y 12 meses.

El decreto también mandata establecer un Plan de Financiamiento de Contingencia, el cual debe constituirse a manera de guía clara sobre las acciones necesarias para mantener su liquidez en momentos de volatilidad financiera, incluyendo una serie mecanismos coordinados entre la institución, subsidiarias o empresas para enfrentar la situación.

De igual forma, las instituciones de crédito tendrán que implementar un plan de comunicación donde incluyan los datos de mayor relevancia destinado a su dirección general, Consejo, autoridades, agencias calificadoras, clientes, empleados e incluso el público en general para mantenerlos informados acerca de las condiciones reales.

En plazo de ajuste a estas regulaciones será de 180 días a partir de la entrada en vigor, pero los bancos contarán con un mes para presentar un programa de acciones ante la Comisión Bancaria y de Valores (CNBV), dependencia encargada de vigilar su cumplimiento, asentó el texto dado a conocer el día de hoy.

 

A FONDO: Conoce todas las modificaciones realizadas a la Ley de Instituciones de Crédito.

OPINIÓN: Banqueros y funcionarios públicos, columna El Observador; Arena Pública, 4 de abril de 2014.