Partidos podrían recibir aportaciones deducibles del ISR

A cambio de la aportación los partidos políticos deberán expedir recibos foliados en los que se haga constar el nombre completo, domicilio, clave de elector y Registro Federal del Contribuyente (RFC).
15 Mayo, 2014 Actualizado el 15 de Mayo, a las 17:47
Los cheques o transferencia bancarias deberán estar a nombre del aportante.
Los cheques o transferencia bancarias deberán estar a nombre del aportante.
Arena Pública

De aprobarse la Ley General de Partidos Políticos que hoy se discute en la Cámara de Diputados estas instituciones podrían recibir aportaciones de simpatizantes para sus campañas que serían deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hasta en un 25%.

La mencionada normatividad forma parte de las leyes secundarias en materia político - electoral y entre los principales cambios introduce la posibilidad de que militantes, simpatizantes, así como los propios candidatos puedan financiar sus campañas electorales.

Los cheques o transferencia bancarias deberán estar a nombre del aportante y depositarse específicamente a una cuenta que este a nombre del partido político en cuestión, ya que las personas que no se identifiquen no podrán hacer aportaciones.

Los partidos políticos, así como las personas físicas o morales de origen o residentes en el extranjero; cualquier organismo internacional; la banca de desarrollo y  los organismos de la administración pública en los tres niveles de gobierno, tienen prohibido hacer aportaciones o donaciones en efectivo o en especie.

Otra novedad que impulsa la legislación próxima a aprobarse es que quita a las cuentas, fondos y fideicomisos de los partidos políticos la protección del secreto bancario ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, organismo que de aprobarse la ley secundaria podría solicitar a los partidos políticos información detallada sobre este tipo de operaciones.

La Ley General de Partidos Políticos obligaría a dichos organismos a informar mensualmente al órgano técnico quienes son los aportantes mediante una lista que deberá especificar los nombres y las cuentas de origen, al INE deberán informar los contratos que celebren durante las precampañas y campañas.

Además, los partidos políticos podrán establecer en instituciones bancarias domiciliadas en el país cuentas, fondos o fideicomiso que serán administrados como instrumentos de deuda emitidos por el gobierno mexicano en moneda nacional y en un plazo no mayor de un año.
 

A FONDO: Dictamen de la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Partidos Políticos.