Ley de telecomunicaciones podría volverse obsoleta, advierte OCDE

El secretario de la OCDE se pronunció con base en análisis comparados de mejores prácticas internacionales, a solicitud expresa del senador del Partido Acción Nacional, Javier Corral. Las observaciones están dirigidas únicamente a telecomunicaciones y se omitió la parte de radiodifusión.
8 Abril, 2014 Actualizado el 8 de Abril, a las 16:14
Se debe evitar la ambigüedad en las facultades del IFT y Profeco, recomienda la OCDE.
Se debe evitar la ambigüedad en las facultades del IFT y Profeco, recomienda la OCDE.
Arena Pública

La iniciativa de ley secundaria en materia de telecomunicaciones puede obstaculizar el desempeño del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), advirtió José Ángel Gurría Treviño, secretario de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), quien a nombre del órgano internacional realizó una serie de recomendaciones que remitió al Senado de la República, donde próximamente se votará.

El organismo internacional enfatizó que la legislación secundaria es “demasiado prescriptiva” en cuanto a la regulación del mercado, de ahí que podría obstaculizar el desempeño del IFT al debilitar sus facultades de análisis y emisión de regulaciones, así como “introducir una rigidez innecesaria” que le generaría el riesgo de volverse obsoleta rápidamente.

La OCDE justificó sus recomendaciones al precisar que la legislación contiene “serias deficiencias que deben resolverse” y señalar que “en los detalles de esta legislación radica el éxito o fracaso potencial de la reforma constitucional”.

A continuación algunas de las observaciones:

  • La regulación en materia de telecomunicaciones debería adoptar -para el IFT-  los conceptos y procedimientos de la Ley de Competencia, así como alinear con esta legislación las medidas que el IFT puede imponer a los agentes preponderantes o con poder significativo de mercado. Ello porque las pequeñas incongruencias que hoy existen entre ambas regulaciones “pueden dar lugar a oportunidades de arbitraje que los operadores podrían utilizar posteriormente en su beneficio”.
  • Formular de manera general, y no exhaustiva, las obligaciones contenidas en la Ley de Telecomunicaciones.
  • Que las declaraciones de preponderancia sean únicamente un procedimiento regulatorio excepcional que se aplique como “vía rápida”, mientras que la declaración de poder significativo de mercado sea la ruta regular que emplee el IFT.
  • Eliminar el artículo 131, relativo a la regulación de interconexión que establece “facturación y retención” (“compensación recíproca de tráfico”) o “tarifas de interconexión asimétricas”.
  • Regular las tarifas de interconexión con base en eficiencia de costos para todos los operadores desde el origen de la ley y no dar libertad a operadores para negociar dichas tarifas “porque ello crea un ambiente propicio para coludirse a fin de aumentar los precios”.
  • Incluir las condiciones de no discriminación y transparencia en las tarifas de interconexión, que actualmente están exentas, a pesar de que la Suprema Corte haya declarado que la interconexión y sus tarifas son de orden público e interés social.
  • Eliminar las obligaciones de la “concesión única” -excepto si se trata de licencias de espectro- así como la obligación de tener una red de telecomunicación o radiodifusión para todos los operadores que pretendan obtener una concesión única para uso comercial.
  • Delimitar de manera explícita las facultades del IFT y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) respecto a la protección de los usuarios finales, así como las acciones de coordinación entre ambas instancias, ya que son ambiguas en la legislación y ello “va en detrimento de los consumidores”.
  • Atribuir al IFT la facultad de imponer multas a los operadores cuando omitan la regulación que protege a los consumidores de servicios de telecomunicaciones, y dejar a la Profeco la obligación de atender quejas individuales.
  • Atribuir al IFT, y no la Secretaría de Economía, la autoridad  para determinar las sanciones específicas que se aplicarán a licenciatarios en relación con los derechos de los usuarios.
  • Aumentar las multas -estipuladas originalmente en 2.5%y 5%- a 10% o 15% de los ingresos del operador y que sean armonizadas tanto para las empresas de telecomunicaciones como para las de radiodifusión.

 

A FONDO: Lea aquí los comentarios de la OCDE a la propuesta de ley secundaria en materia de telecomunicaciones.