Las paradojas del must carry

Para los legisladores que trabajan en la reforma secundaria de la nueva Ley Federal de Telecomunicaciones, los retos dirigidos a establecer normas equitativas en beneficio del consumidor no sólo se enfrentan a los intereses económicos de los grandes jugadores sino a los avances tecnológicos.
14 Marzo, 2014 Actualizado el 14 de Marzo, a las 09:42
El sector se regula a partir de condiciones vigentes y de las pasiones actuales de jugadores en el mercado que bien podrían cambiar en el muy corto plazo.
El sector se regula a partir de condiciones vigentes y de las pasiones actuales de jugadores en el mercado que bien podrían cambiar en el muy corto plazo.
Arena Pública

La eficiencia que se alcance en el uso del espectro es directamente proporcional a las nuevas tecnologías en este sector.

Por ello, la reglamentación a las modificaciones constitucionales debe contar con información detallada sobre las tendencias del mercado, una condición que, hasta ahora, no se ha cumplido. En cambio el sector se regula a partir de las condiciones vigentes y hasta de las pasiones actuales de los jugadores en el mercado que bien podrían cambiar en el muy corto plazo.

México, por ejemplo, es uno de los pocos países en donde la obligación del must carry y el must offer de las señales de televisión abierta no involucra pago o contraprestación alguna. Es cierto, en otros países, como Italia, se está explorando el mismo modelo; sin embargo, con el uso de nuevas tecnologías se espera que las señales de televisión abierta puedan tener una mayor cobertura lo que, definitivamente, en un futuro cercano obligará a un cambio de reglas.

Sin embargo, también podrían generarse algunos desincentivos para la inversión en las televisoras con señales abiertas, incluyendo, por supuesto, las nuevas cadenas porque en el momento en el que mejoren la tecnología y amplíen su señal, corren el riesgo de ser consideradas entre los canales que deben ofrecer de manera gratuita su señal.

Por ahora para la aplicación de esta nueva norma, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que dirige Gabriel Contreras, dejó fuera a los canales 9 y 40 por no alcanzar las condiciones de cobertura, mientras que gracias a la multiplexación de señales, los canales 2, 5, 7 y 13 deberán ser entregados de manera obligatoria y gratuita. Esa es una gran paradoja.

La reforma constitucional establece que los concesionarios de telecomunicaciones o de televisión radiodifundida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones o radiodifusión, o como agentes económicos preponderantes, no tendrán derecho a la regla de gratuidad de los contenidos de radiodifusión o de la retransmisión gratuita; lo que en ningún caso se reflejará como costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores y usuarios.

 

MÁS INFORMACIÓN: IFT impedirá a preponderantes beneficiarse con retransmisión de señales abiertas, nota de Arena Pública de febrero 26 de 2014.