Contribuyentes serán notificados por vía electrónica a partir de 2014

<p>La reforma al C&oacute;digo Fiscal de la Federaci&oacute;n aprobado por la C&aacute;mara de Diputados el pasado 29 de octubre incluy&oacute; la creaci&oacute;n de un mecanismo electr&oacute;nico a trav&eacute;s del cual los contribuyentes ser&aacute;n notificados sobre los asuntos fiscales que ata&ntilde;en al Sistema de Administraci&oacute;n Tributario (SAT) como multas, recargos, avisos, entre otros.</p>
4 Noviembre, 2013 Actualizado el 7 de Noviembre, a las 18:15
El SAT asumirá que el contribuyente ha sido notificado en su buzón electrónico firme o no el acuse electrónico.
El SAT asumirá que el contribuyente ha sido notificado en su buzón electrónico firme o no el acuse electrónico.
Arena Pública

El llamado buzón tributario ya existía antes de la propuesta de reforma al Código Fiscal pero la novedad que la reforma introduce es la obligatoriedad del contribuyente para revisarlo periódicamente y, con ello, reducir el peso del SAT para realizar las notificaciones por escrito.

Lo anterior a pesar de que en México, tan sólo el 32% de los hogares cuenta con una computadora y 26% cuenta con acceso a internet, según cifras del Instituto Nacional de Geografía y Estadística, obtenidas de la encuesta a usuarios de Internet en México con datos de 2012.

El buzón tributario funcionará de la siguiente manera: el SAT enviará al contribuyente un correo electrónico o mensaje de texto por telefonía móvil a través del cual le avisará que tendrá una notificación electrónica en el buzón. El contribuyente deberá entrar al buzón a través de ingresar su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para generar un acuse de recibo con la fecha y hora en que abrió el documento.

El SAT asumirá que el contribuyente ha sido notificado firme o no el acuse electrónico. La guía de usuario del buzón especifica que las notificaciones no firmadas se tendrán por realizadas al sexto día después que llegó el aviso al correo electrónico y entonces la persona recibirá una notificación que le indicará que el organismo tributario da por hecho que le ha notificado y procederá en consecuencia con la notificación.

Entre otros trámites, a través de las “notificaciones” vía buzón electrónico el SAT podrá proceder a la cancelación del certificado de sello digital y/o bloque del RFC, para que los contribuyentes ya no pueden facturar, en caso de que estén como: no localizados, deban tres mensualidades consecutivas o seis mensualidades no consecutiva en todo el ejercicio.

Durante la sesión ordinaria del martes 29 de octubre de 2013 en la Cámara de Diputados donde se aprobaron las reformas al Código Fiscal, el diputado por el partido Movimiento Ciudadano, Ricardo Sóstenes Mejía Berdeja, se pronunció en contra de la obligatoriedad del buzón como medio oficial de notificación al contribuyente al señalarlo como un medio para que caigan en el error y paguen más impuestos:

“Estamos en contra de que ese buzón tributario se establezca sin más, sin haber establecido un plazo para que los contribuyentes puedan tener mayor conocimiento de cómo operarán ahora las notificaciones. Nos parecen irracionales estas medidas y sólo vemos en el buzón tributario un mecanismo que implementa ahora la Secretaría de Hacienda para que los contribuyentes incurran en el error, en la omisión y a partir de estas omisiones, fincarles multas y créditos fiscales, cayendo en un estado de indefensión.”

 

A FONDO: Consulte aquí su buzón tributario.

A FONDO: Lea aquí el estudio de usuarios de internet en México, con datos de 2012.