Condiciona Ley entrega de recursos de hidrocarburos a municipios

Los recursos del impuesto para resarcir daños por extracción de hidrocarburos no se incluirá en la recaudación federal participable.
6 Agosto, 2014 Actualizado el 6 de Agosto, a las 18:53
El ayuntamiento de Chicontepec, Veracruz recibirá sólo el 20% del Fondo para resarcir daños por extracción de hidrocarburos, el restante 80% se lo quedará el Estado.
El ayuntamiento de Chicontepec, Veracruz recibirá sólo el 20% del Fondo para resarcir daños por extracción de hidrocarburos, el restante 80% se lo quedará el Estado.
Arena Pública

Para que los municipios y estados puedan recibir recursos del Fondo que se creará para resarcir daños al estado social y equilibrio ecológico que se produzca por las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos tendrán que eliminar los impuestos para la preservación del equilibrio ecológico y los contratos que pudieran imponerle a las empresas.

Así lo establece la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos aprobada en lo general y en lo particular anoche en sesión extraordinaria de la Cámara de Senadores y enviada al Ejecutivo para su promulgación. El quinto de seis dictamenes, el penúltimo para concluir la aprobación de los paquetes de dictámenes que crean nueve leyes y modifican 12 más para regular el sector energético de nuestro país.

Para que Estados y Municipios puedan recibir los recursos del Fondo el artículo 57 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos señala que:

No establecerán mantener el cobro de impuestos locales en materia de proteccion, preservación o restauración del equilibrio ecológico y protección y control al ambiente que incidan en actos de exploración y extracción de hidrocarburos, ni sobre prestaciones o contraprestaciones derivadas de los contratos o asignaciones.

El Fondo se integrará con los recursos que se recaben a partir del cobro de un nuevo impuesto para la resarcion de daños por actividad de exploración y extracción, que se cobrará a las empresas.

El impuesto se calculará mensualmente con base en las cuotas previstas durante la fase de exploración y extracción de hidrocarburos por kilómetro cuadrado.

Tratándose de áreas terrestres y marítimas el 100% de los recursos se destinará al estado donde se encuentre el área en cuestión, la entidad tendrá la obligación de distribuir al menos el 20% de este recurso a los municipios donde se localicen las áreas.

El presupuesto deberá destinarse al 100% en infraestructura para resarcir afectaciones al entorno social y ecológico y en hasta 3% en la evaluación de proyectos y estudios.

Los recursos de este impuesto no serán incluidos en la recaudación federal participable.

Durante la discusión del dictamen la diputada por el Partido de la Revolución Democrática, Angélica de la Peña Gómez, propuso -sin que se aceptará su solicitud- eliminar el artículo 57 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos al argumentar que contraviene las disposiciones del artículo 115 constitucional relativa a la autonomía de los municipios para intervenir en la tenencia de la tierra urbana y expedir los reglamentos necesarios para administrar sus reservas territoriales.

 

A FONDO: Dictamen que crea la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, así como la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

MÁS INFORMACIÓN:  Senadores urgen a definir porcentajes de renta petrólera para evitar pérdidas a Pemex. Nota de Arena Pública del 06 de agosto del 2014.